Polonia no reconoce parte del Convenio europeo de derechos humanos

Las disposiciones establecen el derecho de la CEDH a verificar la independencia de los jueces del Tribunal constitucional. En esta instancia judicial, sin embargo, consideraron que el estatuto de la corte y los jueces está determinado por la Constitución y no están sujetos a la jurisdicción de la CEDH

 Polonia no ha reconocido parte del Convenio europeo de derechos humanos

El Tribunal constitucional Polaco concluyó que parte de las disposiciones de la convención Europea de derechos humanos no se ajustaban a la ley Fundamental del país y, por lo tanto, eran inconstitucionales, según el periódico Wiadomosci.

Esta es la parte de la convención que establece que el Tribunal europeo de derechos humanos (TEDH) tiene el derecho de verificar la independencia de los jueces del Tribunal constitucional y la legalidad de su nombramiento.

« el Tribunal constitucional considera que el TEDH no tiene motivos para verificar la independencia de los jueces del Tribunal constitucional, ya que sus Fuentes son la Constitución y los estatutos. <...> la independencia Judicial siempre se evalúa en relación con un caso particular que está pendiente en el Tribunal», dijo el juez Wojciech Sych, quien anunció la decisión.

También hizo hincapié en que el estatuto del Tribunal constitucional y sus jueces, incluidas las reglas para su nombramiento, se especifican solo en la Constitución y no están sujetos a la jurisdicción del TEDH.

Al mismo tiempo, Sich señaló que el Tribunal constitucional no cuestiona la práctica judicial de la CEDH y el papel que desempeña en la elaboración y mejora de las normas de protección de los derechos humanos.

El procedimiento relativo a las disposiciones del Convenio europeo de derechos humanos se produjo después de que el fiscal general Zbigniew Zebro presentara la solicitud en julio. A su vez, se refirió al precedente— del caso de Xero Flor contra las autoridades polacas.

La compañía intentó impugnar la cantidad de compensación que se le otorgó en el Tribunal y finalmente llegó a un juicio ante el Tribunal constitucional. Sin embargo, esta instancia decidió desestimar el caso. Luego, Xero Flor apeló al TEDH, quien estuvo de acuerdo con sus argumentos y concluyó que se había violado el derecho de la compañía a un juicio justo en un Tribunal Polaco. El Tribunal europeo decidió que el juez del Tribunal constitucional que firmó la decisión de desestimar el caso no tenía derecho a hacerlo.

Varsovia ya está en una relación difícil con Bruselas debido a la reforma de su sistema judicial que comenzó en 2017. Así, en octubre, el Tribunal constitucional de Polonia decidió que las cuatro disposiciones del Tratado de la Unión Europea eran contrarias a la Constitución del país y no debían prevalecer sobre ella. Esas disposiciones se refieren a la libertad, la democracia, el estado de derecho y la igualdad. La decisión fue ampliamente criticada en la UE.

A fines de octubre, el Tribunal de la Unión Europea en Luxemburgo ordenó al gobierno Polaco que pagara una multa hasta que ajustara la legislación nacional a las normas de la UE. Las sanciones ascendieron a & euro; 1 millones por día.

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Источник rbc.ru

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